Una familia tipo necesitó en febrero de 2026 ingresos mensuales de entre $2.269.215,60 y $7.261.489,91 para ser considerada de clase media en la Ciudad de Buenos Aires. Así surge del último informe del Instituto de Estadística y Censos porteño (Idecba).
Por debajo de ese rango, se encuentran los hogares vulnerables o medios frágiles; por encima, los sectores acomodados.
El cálculo corresponde a un hogar integrado por una pareja de 35 años, ambos económicamente activos y propietarios de la vivienda, con dos hijos de 9 y 6 años. Para no estar en la pobreza, ese mismo grupo familiar debió superar en el segundo mes del año los $1.440.146,89.
El informe oficial detalló las líneas de indigencia y pobreza, las canastas de consumo y los intervalos de ingresos que definen cada estrato social en la Ciudad.
De acuerdo con el Idecba, el segmento denominado sector medio –la clase media– incluye a los hogares con ingresos de al menos 1,25 veces la Canasta Total (CT) y hasta cuatro veces ese valor.
En febrero de 2026, la CT para el hogar tipo se ubicó en $1.815.372. Así, el piso para ser considerado clase media fue de $2.269.215,60 y el techo alcanzó los $7.261.489,91 mensuales.
Por debajo de ese rango, el informe distingue dos escalones: el de no pobres vulnerables, con ingresos entre $1.440.146,89 y $1.815.372,47, y el sector medio frágil, entre $1.815.372,48 y $2.269.215,59. Por encima de los $7.261.489,92 se ubicaron los sectores acomodados.
La línea de pobreza —asociada a la Canasta Básica Total (CBT)— para esta familia fue en febrero de $1.440.146,88. Ese monto marcó el ingreso mínimo necesario para cubrir bienes y servicios básicos.
En tanto, la línea de indigencia —asociada a la Canasta Básica Alimentaria (CBA)— se ubicó en $791.579,13. Es decir que un hogar con ingresos por debajo de esa cifra no logró cubrir siquiera los requerimientos alimentarios mínimos.
Entre $767.412,91 y $1.440.146,88, la familia quedó encuadrada en situación de pobreza no indigente: pudo acceder a la canasta alimentaria, pero no al conjunto total de bienes y servicios esenciales.